jueves, 16 de abril de 2015

DEVOLUCIÓN DE DESCUENTOS INDEBIDOS

La Dirección de Pensiones de la PNP, comunica  que todo el personal pensionista debe corregir sus datos  enviando una copia y/o escaneado de su DNI a la Dirección de Pensiones PNP-DIVINCER-PNP (División de Informática y  Certificaciones)

Los efectivos policiales en situación de retiro, en actividad o con discapacidad producto de su trabajo, podrían acceder a la devolución de los descuentos indebidos de sus bonos en un 2% desde 1996. Actualmente el Ministerio del Interior y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) coordinan para establecer el monto exacto, además de las fechas y condiciones en que se reembolsará cierto porcentaje. 
Los beneficiarios están ordenados de acuerdo al grado de jerarquía, por grados y años. Sin embargo, a través de un comunicado publicado por la Dirección de Pensiones de la PNP, sostiene que todo personal pensionista debe corregir sus datos correctamente enviando una copia y/o escaneado de su DNI a la Dirección de Pensiones PNP-DIVINCER-PNP (División de Informática y Certificaciones). El comunicado indica que de no cumplir con estas exigencias implementadas a pedido del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), los beneficiarios no podrán cobrar combustible, chofer y mayordomía, a partir del mes de marzo en adelante.

La cantidad aproximada de policías en estos grupos son: 60 mil policías son pensionistas, 12 mil sobrevivientes y 96 mil que se encuentran en actividad. 
Los policías que accederían son los que están en actividad, pensionistas titulares y pensionistas sobrevivientes. 
Durante el régimen fujimorista, se dictaron tres decretos de urgencia los cuales disponían la bonificación especial de 16%. Sin embargo, esta situación no se vio la luz y por el contrario, solamente se le reconoció un 14%, recortándole el un monto restante (2%). 
Los decretos de urgencia que se dictaron en aquella época son 090-96 (11 de noviembre de 1996), 037-97 (31 de julio de 1997), y el 011-99 (11 de marzo de 1999).

El monto que se le adeuda al personal policial en actividad (de 1996 al 2002) es de 536,608,153.98 nuevos soles. 
Sin embargo, el monto total de los tres Decretos de Urgencia (DU) –hasta setiembre del 2014- es de S/. 1,134’120,324.68. Cabe precisar que a esta cantidad se le suma el 6% adicionado por concepto de aportes que el estado ha otorgado al Personal en Actividad y a los Pensionistas Titulares, cuando estaban en actividad. 

Actualmente, la Policía Nacional, a través del Ministerio del Interior, coordina con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para el reembolso de los descuentos indebidos. 
Según el presidente de la Asociación de Oficiales Generales de la Policía (Adogen – PNP), Juan Gonzales Sandoval, “se realizan las acciones pertinentes de oficio a fin de promover el reconocimiento del porcentaje del beneficio aludido y realizar el requerimiento presupuestal respectivo al MEF, de cuyo resultado se establecerán los procedimientos de pago correspondientes en caso que se amerite”. 
Precisa que con la RD 796-2014-DIRGEN/EMG/PNP del 1 de setiembre del 2014 se nombró una comisión especial encargada de evaluar y determinar el porcentaje del pago por concepto de bonificación especial otorgada mediante el decreto de urgencia 011-99 en favor del personal de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro y actividad. 
Añade que dicha comisión especial ya ha concluido sus actividades de análisis y evaluación de la citada norma, “resultado que se encuentra plasmado en el informe 01-2014-DIRGEN-PNP/DIRNAGESI-CEDU- 01-99 del 19 de noviembre del 2014″. 
Medidas necesarias 
Según el presidente de la Asociación de Oficiales Generales de la Policía (Adogen – PNP), Juan Gonzales Sandoval, “se realizan las acciones pertinentes de oficio a fin de promover el reconocimiento del porcentaje del beneficio aludido y realizar el requerimiento presupuestal respectivo al MEF, de cuyo resultado se establecerán los procedimientos de pago correspondientes en caso que se amerite”.

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